Actualización de las normas de inmersión con suministro de superficie
Hoy entra en vigor la actualización de las normas para la práctica de buceo-recreativo con suministro de superficie, entendida como «toda aquella incursión en medio hiperbárico de una actividad lúdica donde el aire respirable es enviado al buceador desde la superficie por medio de un sistema umbilical, con un recipiente acumulador de aire o botella de aire comprimido».
De este modo, se prohibe el buceo en grutas, cuevas o en el interior de barcos hundidos con suministro de superficie.
La resolución recoge también la profundidad máxima a la que se efectuará este tipo de inmersiones (6 metros) y establece un buzo de seguridad por cada cuatro buceadores con suministro de superficie e indica el equipo mínimo obligatorio que se debe llevar.
Puedes leer la resolución en este enlace:
